● Dudas acerca de firma electrónica en solicitudes presentadas por ciudadanos.
Consejería:
Presidencia y FomentoÓrgano Consultante:
Secretaria GeneralNº Consulta:
11/2019Fecha Consulta:
21 mar 2019Texto Pregunta:
Dudas acerca de firma electrónica en solicitudes presentadas por ciudadanos.Respuesta:
La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos que acompañan o que están asociados a un documento electrónico y cuyas funciones básicas son:
Identificar al firmante de manera inequívoca
Asegurar la integridad del documento firmado: lo que implica garantizar que el documento firmado es exactamente el mismo que el original y que no ha sufrido alteración o manipulación
Asegurar el no repudio del documento firmado: lo que implica garantizar que los datos que utiliza el firmante para realizar la firma son únicos y exclusivos y, por tanto, posteriormente, no puede decir que no ha firmado el documento
La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, regula en su artículo 3 la firma electrónica y los documentos firmados electrónicamente.
Tanto los formularios electrónicos genéricos como los específicos integran en la solicitud que firma el interesado los hash de todos los documentos anexados en el XML que firma el interesado. Por lo que se entienden integrados en la firma electrónica que realiza el interesado al presentar la solicitud electrónica.